La música, previo pago a la SGAE, un recurso de venta que la farmacia no aprovecha
Farmacia Comunitaria saradomingo Sáb, 08/02/2025 - 08:00 Marketing auditivo En la oficina de farmacia hay que llegar al cliente a través de los cinco sentidos y en el camino a crear un entorno auditivo acogedor aparece la música. Cultivar el marketing auditivo es una de las asignaturas pendientes de la farmacia española, que no explota todas sus posibilidades. No obstante, el primer aspecto a tener en cuenta es que los derechos de autor y la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) son muy protagonistas en este aspecto.Sí, hay que pagar por poner música en la farmacia. Esta es la tajante respuesta de Isabel Marín, abogada y consultora en legalidad en el sector salud. “El farmacéutico tiene que pagar por la utilización del repertorio musical y audiovisual del repertorio SGAE como amenización de carácter secundario mediante cualquier procedimiento o medio, en establecimientos sanitarios que no dispongan de habitaciones o estructura que permita el alojamiento o internamiento de pacientes”, explica Marín.Como ejemplo. Una farmacia, en calidad de establecimiento sanitario, que tenga entre 100 y 150 metros pagará unos 24 euros mensuales, describe. “Lo primero que debe saber el farmacéutico es si la música que está poniendo está en el repertorio de la SGAE”, añade, aunque matiza que “existe música que para ponerla en la farmacia no es preciso pagar licencia a la SGAE”.El peligro de las inspecciones siempre está ahí, aunque según Isabel Marín la intensidad de las mismas no sea la de antaño. “Actualmente no me consta que haya inspecciones y sanciones. Sí que hubo hace unos años y ponían sanciones”, detalla.Tampoco vale buscar atajos como la radio, un disco que ha comprado el titular o Spotify. Si la música del disco o de la radio está en el repertorio de la SGAE toca pagar, mientras que con Spotify se especifica que es para uso personal no para que más gente lo escuche en una farmacia. Así puede trabajar el farmacéutico y cobrar la pensión en 2025 con la nueva jubilación activa, Planificar el calendario de campañas de todo el año solo acumula ventajas, Las líneas rojas que no puede cruzar el farmacéutico en rebajas Comunicar a través de la músicaUna vez que ya se ha asimilado lo del pago a la SGAE, llega la tarea de qué comunicar a través de la música. En la ofic Son muchos los beneficios de un marketing auditivo idóneo que sí triunfa en otros sectores del retail. Off Alejandro Segalás Off
En la oficina de farmacia hay que llegar al cliente a través de los cinco sentidos y en el camino a crear un entorno auditivo acogedor aparece la música. Cultivar el marketing auditivo es una de las asignaturas pendientes de la farmacia española, que no explota todas sus posibilidades. No obstante, el primer aspecto a tener en cuenta es que los derechos de autor y la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) son muy protagonistas en este aspecto.
Sí, hay que pagar por poner música en la farmacia. Esta es la tajante respuesta de Isabel Marín, abogada y consultora en legalidad en el sector salud. “El farmacéutico tiene que pagar por la utilización del repertorio musical y audiovisual del repertorio SGAE como amenización de carácter secundario mediante cualquier procedimiento o medio, en establecimientos sanitarios que no dispongan de habitaciones o estructura que permita el alojamiento o internamiento de pacientes”, explica Marín.
Como ejemplo. Una farmacia, en calidad de establecimiento sanitario, que tenga entre 100 y 150 metros pagará unos 24 euros mensuales, describe. “Lo primero que debe saber el farmacéutico es si la música que está poniendo está en el repertorio de la SGAE”, añade, aunque matiza que “existe música que para ponerla en la farmacia no es preciso pagar licencia a la SGAE”.
El peligro de las inspecciones siempre está ahí, aunque según Isabel Marín la intensidad de las mismas no sea la de antaño. “Actualmente no me consta que haya inspecciones y sanciones. Sí que hubo hace unos años y ponían sanciones”, detalla.
Tampoco vale buscar atajos como la radio, un disco que ha comprado el titular o Spotify. Si la música del disco o de la radio está en el repertorio de la SGAE toca pagar, mientras que con Spotify se especifica que es para uso personal no para que más gente lo escuche en una farmacia.