Ser familia monomarental ya es justificación para no participar en una mesa electoral
Será suficiente acreditar que se es madre o padre de menores de 14 años de una familia monomarental para no tener que acudir a la mesa.
La condición de ser familia monomarental o monoparental se suma a las justificaciones para no tener que participar en una mesa electoral como presidente o vocal, según ha instruido la Junta Electoral Central y se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Lo nuevo. La Junta Electoral Central, órgano superior de la Administración electoral, ha decretado –mediante una modificación de la ley– que será suficiente acreditar que se es madre o padre de menores de 14 años de una familia monomarental o monoparental para que se considere causa que pueda justificar la necesidad de no formar parte de una mesa electoral.
- La Junta Electoral señala que estas circunstancias deberán acreditarse documentalmente en un plazo de siete días y que se tendrán en cuenta “las circunstancias de cada caso”.
Una persona también se podrá acoger a este derecho si el otro progenitor no puede ocuparse del menor durante la jornada electoral.
- Esta circunstancia ya estaba recogida anteriormente como justificación, así como por tener que cuidar de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no pudieran valerse por sí mismos.
Existen otros supuestos que justifican no participar como presidente o vocal en una mesa electoral. Algunas causas se justifican por sí solas mientras que otras se tienen que justificar.