SAT ofrece regularización fiscal para pequeños contribuyentes

Forbes México. SAT ofrece regularización fiscal para pequeños contribuyentes El incentivo previsto en la Ley de Ingresos 2025 equivale a la disminución de 100% de multas, incluidas aquellas con agravantes, recargos y gastos de ejecución, con algunas salvedades. SAT ofrece regularización fiscal para pequeños contribuyentes Silvia Rodríguez

Jan 14, 2025 - 21:43
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SAT ofrece regularización fiscal para pequeños contribuyentes

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SAT ofrece regularización fiscal para pequeños contribuyentes

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrece un estímulo para la regularización fiscal de personas físicas y morales que tuvieron ingresos hasta por 35 millones de pesos, el cual aplica a contribuciones propias, retenidas, trasladadas, de comercio exterior y a las cuotas compensatorias de los ejercicios fiscales 2023 o anteriores.

De acuerdo con información del SAT lo anterior se dará siempre que los contribuyentes no hayan recibido alguna condonación en los programas generalizados de 2000, 2007 y 2013, no tengan sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal y no se encuentren publicados en los listados definitivos relativos a los artículos 69-B o 69-B Bis, del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Este incentivo previsto en la Ley de Ingresos de la Federación 2025 equivale a la disminución de 100% de multas, incluidas las multas con agravantes, recargos y gastos de ejecución; no así para el importe total de las contribuciones o cuotas compensatorias, aplicable a contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

a) Contribuyentes que tengan a cargo contribuciones omitidas actualizadas

b) Contribuyentes que se encuentran sujetos a facultades de comprobación

c) Contribuyentes con créditos fiscales a cargo, por los que se les haya autorizado pago a plazos

d) Contribuyentes con créditos fiscales firmes a cargo

En los últimos dos supuestos los contribuyentes deben consentir íntegramente el crédito fiscal
de que se trate, aceptando que, si impugna total o parcialmente dicho crédito, el descuento
aplicado deja de surtir efectos y en consecuencia la autoridad fiscal requerirá el pago de las
cantidades que resulten procedentes.

El estímulo fiscal no se considera como ingreso acumulable para los efectos de la Ley del
Impuesto sobre la Renta y en ningún caso dará lugar a devolución, deducción, compensación,
acreditamiento o saldo a favor alguno; asimismo, se deja a salvo la posibilidad de que la
autoridad competente pueda llevar a cabo el ejercicio de sus facultades para verificar que los
contribuyentes que aplicaron el estímulo fiscal cumplieron con los requisitos y las condiciones
para ello.

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